SUFRIMIENTO FAMILIAR Y LEYES DIVINAS
Muchas personas, que pertenecieron a la religión de los Testigos de Jehová y que ahora se encuentran alejadas de ese grupo, relatan sus padecimientos afectivos, cuando sus propios familiares se niegan a hablarle o siquiera saludarles, por considerarlos apóstatas.
Algunos padres se niegan a pagar los estudios de sus hijos e incluso han decidido arrojarlos fuera de sus casas, otros que tienen hijas, que han decidido casarse con personas ajenas a la religión, son expulsadas de los hogares, por contravenir las disposiciones internas de la Sociedad Wachtower.
Los sentimientos humanos, en muchos casos, son pasados a llevar por las leyes Divinas y por reglamentaciones humanas del Cuerpo Gobernante de la Wachtower.
En la antigüedad, Antígona de Sófocles (495 a 405 a de E.C.) divulgó el poder del derecho natural sobre las leyes humanas.
La historia es esta: Creonte, rey de Tebas, dio ordenes de prohibir el entierro de Polinices, hermano de Antígona, por haber sido acusado de haber combatido en contra de su patria. Esa noche Antígona sale de la ciudad para cubrir el cuerpo de su amado hermano, con tierra para que no quedase expuesto a los perros vagabundos y animales silvestres. Los guardias de la ciudad la descubren y la hacen prisionera. En su celda, una gruta donde fue emparedada viva, ella se ahorca. Después de eso se suceden hechos violentos y muertes en la propia familia del rey Creonte, como consecuencia de aquella disposición que pone en contra los afectos del corazón y las leyes humanas.
¿Qué lección podemos sacar de esta tragedia de Sófocles?. Las leyes civiles humanas pueden muy bien existir, pero a los ojos de Antígona, por encima de las leyes humanas existe una ley del corazón, sagrada e inviolable. La historia atraviesa siglos y países y todavía hoy los filósofos del derecho humano se sirven de ella para reflexionar sobre la oposición de las leyes jurídicas ciudadanas y las leyes éticas individuales, y establecer el tipo de relación que deben sostener el derecho positivo (local, humano) y el derecho natural (universal, trascendente, situado más allá de las leyes humanas).
Cada uno de nosotros se inclina más hacia Antígona o hacia Creonte, hacia los sentimientos o a la razón, hacia el afecto o hacia la ley, hacia la justicia o al orden. Unos colocan la humanidad y la justicia por encima de todo, los otros veneran la ley, el orden y el derecho en detrimento de cualquier otra consideración.
Justicia Humana y justicia Divina
Los seres humanos consideramos a la justicia como un bien alcanzable, dentro de las limitaciones propias de nuestra imperfección. Se trata de un valor determinado como un bien común por las sociedades. Es el conjunto de pautas, valores y criterios necesarios para mantener la armonía entre las personas e instituciones, autorizando, permitiendo o prohibiendo. Se trata de un marco adecuado para las relaciones entre las personas.
La justicia, del latín “iustitia” que a su vez viene de “ius” derecho, y significa “lo justo”, nació por la necesidad de mantener el bien común entre las personas.
El fundamento cultural
Se basa en un consenso amplio entre los individuos de una sociedad, sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de cómo deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayor parte tiene una concepción de lo justo y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.
El Fundamento Formal
Es el codificado en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.
Sentido Propio y Metafórico de la Justicia
El sentido propio de la justicia exige que haya un débito exigible, que existan personas distintas, ya que se puede ser justo o injusto respecto a otro, que debe ser una persona distinta e independiente al que practica la justicia, o la injusticia y, finalmente, que haya igualdad entre ambas personas. Por lo tanto, las relaciones de justicia entre unos y otros son siempre bilaterales.
Ningún ser humano desearía ser juzgado por marcos legales ajenos a su idiosincrasia, como tampoco nos sentiríamos favorecidos en un ordenamiento jurídico que no conocemos, preferimos movernos dentro de un conjunto de normas y leyes con las cuales nos hemos educado en toda nuestra vida. El cine y la ciencia ficción nos ha hecho conocer fantasías, en las cuales se produce una guerra intergaláctica por motivos de distintos ordenamientos jurídicos, en los cuales ningún ser humano estaría dispuesto a ser juzgado por un Juez no humano, de un mundo ajeno al planeta tierra.
Sin embargo el sacerdote levita del Antiguo Testamento fue quien quiso suprimir la justicia humana, y al mismo tiempo extirpar del mundo el juicio y el castigo (humanos). Para eso ideó una estratagema maquiavélica, perversa, infame y maligna, mediante el cual cambiaba la interpretación de la culpabilidad humana y la transformaba en “pecado”. Una falta no en contra de otros seres humanos, que es el fundamento de la justicia humana, sino en contra de un ser extraterrestre, una falta en contra de la Divinidad.
Bajo ese prisma, el sacerdote hebreo consideraba a cada individuo, en la más amplia medida, y casi en todas sus relaciones como un pecador. Sin embargo si todos somos culpables, no pueden ser unos culpables los jueces de sus semejantes. De esa forma el espíritu de equidad desaparece (ver más arriba: “El sentido Propio y Metafórico de la Justicia”), ya que el débito de la justicia exige que sea una persona distinta e independiente que practica la justicia.
En un Comité Jurídico de los Testigos de Jehová, es posible determinar que esos jueces humanos son tan culpables como aquellos a quienes condenan, por cuanto ellos no están libres de pecado. Son pecadores juzgando a otros pecadores.
Además las faltas que ellos condenan no necesariamente encuentran su base en la Biblia, sino en disposiciones emanadas de la autoridad de un Cuerpo Gobernante que no está inspirado por el Espíritu Santo, de acuerdo al concepto etimológico de la palabra “ungido”:
1. adj. Dicho de una persona, especialmente de un monarca o de un sacerdote: Signada con el óleo santo.
tampoco ellos han sido ungidos con óleo santo, en ningún momento.
Por consiguiente, cualquier decisión que adopten los miembros de esos Comités Jurídicos, se encuentran viciados, de forma y de fondo y vienen a ser una justicia paralela al ordenamiento civil de los países que han firmado la Convención Universal de los Derechos Humanos, la cual expresamente manifiesta: en su Arículo 19:
“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; ese derecho incluye no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”
En consecuencia de lo antes expuesto, el sufrimiento familiar de las personas, obligadas por la secta JW al ostracismo social, es sencillamente gratuito, no está basado en leyes humanas, ni siquiera de acuerdo a las leyes del corazón, del amor, sagrado, inviolable, situado más allá de las leyes de los hombres, sino que proviene de estatutos sacerdotales hebreos, elaborados por pastores nómadas orientales hace más de dos mil años en el pasado, para los cuales los afectos familiares están por debajo del temor patológico a Jehová.
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Rubén Echeverría Lastarria